Saturday, September 15, 2012

Iuspositivismo y desobediencia. [PARTE V]



La toma de los once recintos de la Universidad de Puerto Rico por los estudiantes, la interrupción de homenajes legislativos a terroristas confesos, las manifestaciones en el Capitolio, la fijación de carteles y murales, las manifestaciones al tope de las grúas de sus proyectos de construcción ilegales, los campamentos de desobediencia para detener los proyectos, los piquetes kilométricos e interminables,  los cortes de ruta, la construcción de barricadas, los sit-ins en las carreteras y en las oficinas de gobierno, las marchas, los micro-mítines, los espectáculos musicales para los que improvisadamente tomábamos las calles, son solo un muestreo de las tácticas que utilizábamos, y seguiremos utilizando.  Más ahora que el soberano se dispone a prohibir la protesta radical para siempre.
Ante nuestro derecho a la expresión, la protesta y a la desobediencia, se han erguido siempre leyes y reglamentos que pretenden limitar nuestro accionar político.  El Reglamento de Estudiantes de la Universidad de Puerto Rico, las Leyes de Tránsito, las resoluciones administrativas, y otras fuentes legales normativas siempre han pretendido limitar el derecho a la manifestación civil. Por supuesto, con sus sanciones, y sus cuerpos paramilitares para servir de intermediarios en el diálogo unilateral impositivo.  La Masacre de Ponce, el Carpeteo, la Ley de la Mordaza, entre otros hechos históricos, han marcado el camino de la criminalización de la protesta en Puerto Rico. 
En las Escuelas de Derecho, ante las imágenes de los estudiantes de derecho sentados en el Expreso las Américas, alguno que otro estudiante se preguntaba: “¿Qué clase de estudiante de derecho entiende que está bien violentar la ley y el reglamento de estudiantes?”.  Soñaba con un mundo libre de protesta, mientaras en la Legislatura, también se deseaba la paz de los sepulcros.  
En otoros foros, lxs académicxs [los y las que se atreven], discutían sobre la criminalización de la protesta.  Un señor calvo, argentino de procedencia, desde un foro sobre el tema celebrado en la Facultad de Derecho de la Universidad Interamericana sentenciaba: “Cuando las vías institucionales fallan, hay que hacer reclamos por vías no institucionales, tales como la protesta”. 
Se llamaba Eduardo Bertoni, y es profesor en la Universidad de Palermo en Buenos Aires.   Nos advertía que la criminalización de la protesta no era el monopolio de ningún país, sino que era un fenómeno global.  Me acordaba a Juan Pablo Mañalich Raffo, mi profesor de derecho penal, vestido en sus skinny jeans rojos, explicando por qué es que uno de los principios fundamentales del derecho penal, es que es la ultima ratio: “Cuando todos los controles sociales del estado fallaron, debe entrar el derecho penal. Pero cuando la última opción termina siendo la primera razón de control social, empezamos a navegar en un estado de derecho que cruza la raya hacia el autoritarismo, y eso es muy peligroso para nuestras sociedades”, dijo Bertoni.

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