(foto: Ricardo Alcaraz)
Una
que hacía delito la utilización de máscaras o caretas, postizos o maquillajes,
tintes, o cualquier otro disfraz o pieza de vestimenta o material encubridor,
completo o parcial, que altere u oculte de cualquier forma temporera o
permanentemente la apariencia física, para evitar ser identeificado en la
comisión de un delito. También aprobaron la Ley para
añadir el nuevo Artículo 246-A, al Código Penal de Puerto Rico, tipificando
como delito la obstrucción de los servicios
públicos en las instituciones de enseñanzas, de salud y otros edificios
en donde se ofrecen servicios gubernamentales al público. Del texto de la ley surge, que se prohíbe
todo, desde vestirse de payaso hasta ponerse la típica capucha, siempre que se
cometa una acción ilegal. Acción ilegal, es todo lo que hemos hecho durante los
últimos años. Acción ilegal sacó a la
marina de Vieques. Pero bueno, no se
pueden pedir peras al olmo.
Ya
no se podría hacer la huelga, ni encapucharse para llevarla a cabo. Comoquiera les hicimos la huelga, y nos
encapuchamos, sin bajas bajo las nuevas leyes draconianas. Los fiscales no se
atrevían a aplicarlas, y se quedaban en la típica agresión, y obstrucción a la
justicia, entre otros delitos típicos de aplicación a los y las manifestantes. No dudamos que utilicen sus nuevas herramientas
en el futuro, y no dudamos que el Tribunal Supremo [¿?] de Puerto Rico, le
ponga su sello de goma a estas leyes inconstitucionales. Todas estas leyes, y algunas otras, fueron ratificadas en el Nuevo Código Penal de 2012.
No comments:
Post a Comment