Saturday, September 15, 2012

Iuspositivismo y desobediencia. [PARTE V]



La toma de los once recintos de la Universidad de Puerto Rico por los estudiantes, la interrupción de homenajes legislativos a terroristas confesos, las manifestaciones en el Capitolio, la fijación de carteles y murales, las manifestaciones al tope de las grúas de sus proyectos de construcción ilegales, los campamentos de desobediencia para detener los proyectos, los piquetes kilométricos e interminables,  los cortes de ruta, la construcción de barricadas, los sit-ins en las carreteras y en las oficinas de gobierno, las marchas, los micro-mítines, los espectáculos musicales para los que improvisadamente tomábamos las calles, son solo un muestreo de las tácticas que utilizábamos, y seguiremos utilizando.  Más ahora que el soberano se dispone a prohibir la protesta radical para siempre.
Ante nuestro derecho a la expresión, la protesta y a la desobediencia, se han erguido siempre leyes y reglamentos que pretenden limitar nuestro accionar político.  El Reglamento de Estudiantes de la Universidad de Puerto Rico, las Leyes de Tránsito, las resoluciones administrativas, y otras fuentes legales normativas siempre han pretendido limitar el derecho a la manifestación civil. Por supuesto, con sus sanciones, y sus cuerpos paramilitares para servir de intermediarios en el diálogo unilateral impositivo.  La Masacre de Ponce, el Carpeteo, la Ley de la Mordaza, entre otros hechos históricos, han marcado el camino de la criminalización de la protesta en Puerto Rico. 
En las Escuelas de Derecho, ante las imágenes de los estudiantes de derecho sentados en el Expreso las Américas, alguno que otro estudiante se preguntaba: “¿Qué clase de estudiante de derecho entiende que está bien violentar la ley y el reglamento de estudiantes?”.  Soñaba con un mundo libre de protesta, mientaras en la Legislatura, también se deseaba la paz de los sepulcros.  
En otoros foros, lxs académicxs [los y las que se atreven], discutían sobre la criminalización de la protesta.  Un señor calvo, argentino de procedencia, desde un foro sobre el tema celebrado en la Facultad de Derecho de la Universidad Interamericana sentenciaba: “Cuando las vías institucionales fallan, hay que hacer reclamos por vías no institucionales, tales como la protesta”. 
Se llamaba Eduardo Bertoni, y es profesor en la Universidad de Palermo en Buenos Aires.   Nos advertía que la criminalización de la protesta no era el monopolio de ningún país, sino que era un fenómeno global.  Me acordaba a Juan Pablo Mañalich Raffo, mi profesor de derecho penal, vestido en sus skinny jeans rojos, explicando por qué es que uno de los principios fundamentales del derecho penal, es que es la ultima ratio: “Cuando todos los controles sociales del estado fallaron, debe entrar el derecho penal. Pero cuando la última opción termina siendo la primera razón de control social, empezamos a navegar en un estado de derecho que cruza la raya hacia el autoritarismo, y eso es muy peligroso para nuestras sociedades”, dijo Bertoni.

Iuspositivismo y desobediencia. [PARTE IV]




El Profesor Jaime Toro, se cantaba iuspositivista[1].  Los iuspositivistas son legalistas.  Son estas personas que te dicen: “la ley es la ley, y por eso hay que seguirla”, sin ulterior cuestionamiento, sobre sus méritos, sus propósitos, o su aplicación a los hechos particulares de cada caso.  En su clase de Teoría del Derecho, se basaba en The Concept of Law, de H.L.A. Hart.  Le molestaba que se pusieran piedras en el camino del desarrollo. Por más que quisiera separar una cosa de la otra, las leyes tienen toda una fundamentación moral, en este caso, la moral capitalista del profit motive se enfrentaba a la moral política de los grupos e individuos que protestaban y protestan.  Y dentro de todas esas moralidades, hay más moralidades.  ¿Qué es la ley la moral y el órden público? La ley es algo objetivamente comprobable, está escrito, pero la moral y el órden público, pues.... ¿con qué se come eso?   Haciendo una valoración moral destemplada, el Profesor despotricaba en la clase.

“Tito Kayak es un charlatán".

Si callaba explotaba, así q le riposté en un salón repleto de estudiantes: “¿usted lo conoce? Por qué yo lo conozco y puedo dar fe de todo lo contrario".

De hecho, en lo personal, creo que hay que ser como Tito en muchos sentidos: hay que poner la acción donde se pone la palabra, y un poco de locura nunca está de más.  Sobre todo, hay que atreverse, y Tito es de quienes siempre se atreve. Para Jaime Toro, Tito estaba al márgen de la ley. Había que aplicarle todo el peso de la ley.  Pero tenía un problema: en aquél entonces no había ley que tipificara el comportamiento de Tito, y de los movimientos estudiantiles y comunitarios que habían surgido en los últimos años. 

Tito, por su parte, de seguro no tiene idea de lo que es ser un iuspositivista,  pero los iuspositivistas saben muy bien lo que representa Tito. Es un tipo sencillo, que nos ayuda a complejizar sobre el asunto, y sobre el tema fundamental de mi escrito:  la criminalización de la protesta social en Puerto Rico.



[1] Copio a WIKIPEDIA para su mejor beneficio:  En alguna de sus versiones el positivismo jurídico plantea que el Derecho es un conjunto de normas dictadas por los seres humanos (por el soberano), a través del Estado, mediante un procedimiento formalmente válido, con la intención o voluntad de someter la conducta humana al orden disciplinario por el acatamiento de esas normas.

Iuspositivismo y desobediencia. [PARTE III]


La verdad es que hicimos de todo.  Nos vestimos de árboles, de peces y de tortugas.  Así protestamos en las oficinas del Departamento de Recursos Naturales.  El colectivo Vanguardia Artística Revolucionaria pintó un mural en nuestro vagón de almacenaje.  Estábamos en los tribunales.  Los hicimos retirar las solicitudes de permisos, pero nunca desistieron [ni han desistido aun] de sus intenciones de apropiarse de ese pedazo de tierra. 

Lo más que les molestó, fue que detuvimos la construcción [físicamente], eso los llevaría a legislar sobre el asunto, lo que discutiré en una parte posterior.

Pasados casi diez años desde ese martes, 15 de marzo de 2005, me llegó una carta de la Escuela.  Había sido aceptado en la Sección Ambiental de la Clínica de Asistencia Legal de la Universidad.  Ya para este entonces estaba recortado, pero conservaba la barba, pues afeitarme me irritaba el cutis.  Entonces lo vi todo más claro. 

Estábamos los estudiantes, la comunidad, los grupos ambientalistas, y los profesores contra el PNPPD y sus aliados capitalistas.

 Los capitalistas eran el magnate hotelero, Hugh Andrews, así como otros usual suspects: The Ferrer Group, Inc, Eduardo Juan Ferrer Ramírez de Arellano, y Eduardo Ferrer Bolivar, entre otros, quienes aparecían como co-deudores solidarios del préstamo hipotecario del First Bank. 

Ya lo sabía desde el principio, pero ahora podía ponerles nombres y apellidos.  En un principio, el Lcdo. José Alfredo Hernández Mayoral, ex candidato a la gobernación por el Partido Popular, representaba a HR Properties, Inc.  En una entrevista le preguntaron cómo armonizaba sus aspiraciones políticas y el compromiso que ello debía representar, con su posición en el caso, defendiendo la enajenación ilegal de nuestros recursos naturales.  En ese entonces se expresó como todo un político: “[...]no puedo ver una contradicción entre el desarrollo económico y los mejores intereses de Puerto Rico”.

En  2005, un juez de Carolina había declarado nulo el contrato, por constituir el mismo una enajenación de facto de bienes de dominio y uso público ubicados en la Zona Maríatimo Terrestre.

En 2010,  se reabrió el caso, para concederle participación a FirstBank.  Este era el acreedor hipotecario que estuvo ausente en el primer pleito.  Al ser reabierto el caso, la juez a quien fue asignado el mismo,  reconoció la legitimación de los vecinos, pero falleció antes de emitir una decisión final. 

El caso pasó a manos de otro juez, quien se llevó el pleito a Río Grande.  Allí se discutieron las razones y los por qués.   Con el cambio de administración  hacia el Partido Nuevo Progresista, las agencias que en un momento impugnaban la validez del contrato [particularmente la Compañía de Parques Nacionales], de la noche a la mañana  habían cambiado de parecer.  De repente sostenían que el Contrato era válido y desistían de sus reclamaciones.   El juez había sido recientemente confirmado por Fortuño. Pero allí se tenían que discutir las razones.

Lo recuerdo como ayer. El Lcdo. José Andreu Fuentes, [hijo del ex juez presidente del Tribunal Supremo, nombrado por Rafael Hernédez Colón], sudaba, mientras se le acababan las balas.  Sabía que si no hacía el delivery, McConnell y Valdés se iba a quedar con su cuenta.  

Apuntaba hacia mis compañeros y compañeras del campamento, a Benito, a Iris, a Mario, y a Tito.  Decía que eran invasores, que actuaban ilegalmente, que debían ser removidos, que permitir ese tipo de acciones era permitir que la anarquía reinara sobre las leyes. 

El Lcdo. Saade lució bien y esbozó los argumentos jurídicos con claridad y dominio de la práctica forense.  La Lcda. Fontánez Torres, con la mezcla de su carácter fuerte y tierno, evitando con gracia envidiable las innumerables interrupciones de Andreu, defendió el derecho a la desobediencia.  Le viró la tortilla a Andreu.  Los grupos ciudadanos y ambientalistas que llamaba anarquistas y extremistas, no eran tal cosa.  Le refrescó la memoria de que estos ciudadanos actuaban en su legítimo derecho de hacer cumplir las leyes.  Quienes actuaban al márgen de la ley eran los demandados, con la complicidad del gobierno.

El juez determinó que los terrenos en cuestión no son playa, no son zona marítimo terrestre, no habían sido destinados como balneario, ignorando toda la evidencia que obraba en récord.  Decidió que el contrato era válido.  Para determinar que no eran bienes públicos se basó en el caso de San Jerónimo Paseo Caribe v. ELA. No se analizó la evidencia, los mapas, ni el informe pericial presentado, en sus méritos.

 Sí se basó en una Opinión del entonces Secretario de Justicia, el Lcdo. Pedro Pierluisi, hoy comisionado residente en que como todo un leguleyo, nos metía por la cocina las Alianzas Público Privadas, y las enajenaciones de nuestros bienes públicos a través de arrendamientos a perpetuidad.  Allí decía Pierluisi:  “...si bien es cierto que un arrendamiento no puede pactarse a perpetuidad, una concesión como la que nos ocupa supone inversiones considerables para la edificación en los terrenos cedidos, de hoteles, balnearios, restaurantes u otros centros análogos, lo cual implica la necesidad de que dichos arrendamientos sean a largo plazo”.

Usualmente, si no hay legitimación activa, no se debe pasar a los méritos de la controversia, por carecer el Tribunal jurisdicción para ello.  Ignorando cualquier tipo de lógica o estructura adjudicativa, luego de resolver el asunto en sus méritos, el juez pasó a decir que los demandantes no tenían legitimación activa.  Que los daños que reclamban los ambientalistas y residentes de la zona eran "abstractos" e "hipotéticos".   Surf Rider Foundation v. ARPE,  nos terminó jodiendo.  Parece ser que ahora, para tener legitmación activa en un caso ambiental, te tienen que construir encima de la cabeza. 

El Tribunal de Apelaciones denegó el recurso de revisión.  El Campamento sigue en pie y la construcción detenida.   A Andreu, como quiera, le quitaron la cuenta.  Creo que se la dieron a McConnell. Ironías de la vida. 

Iuspositivismo y desobediencia. [PARTE II]



Amanecía a las 6 a.m. y el sol candente te daba la sensación de que te derretías en la caseta.  Los días pasaban, y se había establecido un campamento de desobediencia civil que era frecuentado y servía en muchas ocasiones de punto de reunión para el movimiento estudiantil, que en ese entonces también libraba una lucha en la Universidad de Puerto Rico.  La huelga del Comité Universitario Contra el Alza, comenzó a principios de abril de 2005 y se extendió fácil hasta principios de mayo.   Los días se nos iban entre la universidad y el campamento y el pelo se me enredaba en dreadlocks.  Allí, en el camp, conocimos al Lcdo. Saade Llorens, y la Lcda. Fontánez Torres, quienes llevarían nuestro caso ante los tribunales.  Nunca imaginé que años después tendría el honor de trabajar con ellos.

Resulta que había un chanchullo, más allá del hecho de que se quisiera construir en la Zona Marítimo Terrestre.

Los terrenos habían sido cedidos por la Autoridad de Tierras a la Corporación de Fomento Recreativo, para formar parte del balneario público del Pueblo de Carolina. La Corporación de Fomento Recreativo(hoy Parques Nacionales) había cedido el usufructo sobre los predios al Municipio de Carolina, para ser usados a los mismos fines: balneario público. 

Así las cosas, varios años después, el Municipio de Carolina, y Fomento Recreativo, habían suscrito un contrato de arrendamiento con Desarrollos Hoteleros de Carolina, Inc.  Así se variaba el uso del terreno:  ahora seria un hotel privado.  El contrato enajenaba la playa a perpetuidad, disponiendo para un alquiler de 99 años [no dijeron 100 por eso de guardar las apariencias].  No se llevó a cabo una Consulta de Transacción Pública en la Junta de Planificación, como lo requería la ley, ni tampoco se deslindó el terreno para delimitar la Zona Marítimo Terrestre.  El contrato tampoco se presentó en la Oficina del Contralor de Puerto Rico.  Surgía, a todas luces, que el contrato era nulo.

Eventualmente el arrendamiento pasaría a manos de HR Properties, Inc., y la nuda propiedad sobre los terrenos pasaría al Municipio de Carolina.  Sobre el contrato de arrendamiento nulo, HR Properties, Inc., constituyó una hipoteca multimillonaria. Sin permisos, comenzó a construir. Posteriormente, la compañía desarrolladora [¿?] gestionó su papeleo.

 La Junta de Planificación, ARPE, y la Junta de Calidad Ambiental, aprobaron las obras, sin efectuar estudio ambiental alguno, sin siquiera consultar a los vecinos, y sin tomar en consideración el hecho de que la zona era una de anidaje de Tinglar.  Era curioso. El Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, negaba el valor ecológico del terreno, y negaba que fuera zona de anidaje de tinglar.  Quienes se supone velaran por nuestros recursos naturales claudicaron su deber ministerial, al nivel de decir que eso no valía nada, que no se veía un tinglar por todo aquello en más de diez años.

Cuando ocupamos el espacio, las relaciones eran tensas.  La Policía ubicaba a sus francotiradores en el estacionamiento multipisos del Hotel, y apuntaban a las multitudes que se congregaban en protesta.  Don Benito, Miguel Villa, Tiburón, Tintorera, Delfín, muchos y muchas otras, le hicimos frente a la represión.  Durante el día explicábamos a los turistas: “HOTEL MARRIOTT ARE ENVIRONMENTAL CRIMINALS”.  Habíamos declarado eso un territorio libre.  

No llevábamos una semana en la playa cuando llegó un tinglar a la orilla, dispuesto a desovar.  Los guardianes de Recursos Naturales, lo espantaron con sus four-tracks. La complicidad del gobierno con el capital no podía estar más clara.   

Iuspositivismo y desobediencia. [PARTE I]


Quince de marzo de 2005. Era la primera vez que me ponía una capucha. Tenía el pelo largo, en un moño excéntrico, y la barba típica de estudiante de izquierda en la Universidad de Puerto Rico: todo un estereotipo.  No recuerdo con exactitud cómo llegué allí, pero eso me marcó por el resto de la vida.  

Sacamos todas las marcas, sacamos las varillas que ya estaban colocadas para la construcción.  Apenas salía el sol.  Decidimos quedarnos allí.  La administración del Hotel en ciernes aseguraba a los medios noticiosos que el mismo estaría erguido, con su casino propio y sus 250 habitaciones, en menos de dos meses.   Se equivocaron.

Allí estaba Tito, junto con varios compañeros y compañeras.  Desde que lo conocí, supe que estaba loco.  De esas locuras que nos hacen falta.  "Si la policía viene a arrestarme, yo me encadeno debajo de la guagua...", decía apuntando a su camioneta, modelo pick-up. 

HR Properties, Inc. estaba decidido a construir en plena zona marítimo terrestre,  había removido la corteza terrestre, y había puesto en su lugar el relleno  sobre el cual habría de fijar los cimientos de ese desastre ambiental.  No tenían [y todavía no tienen] permisos válidos de la Administración de Reglamentos y Permisos (ARPE), ni contaban con una Declaración de Impacto Ambiental, como requería, cuanto menos, la legislación ambiental vigente en aquel entonces. 

Sin quererlo, destapamos una olla de grillos.  

(13/3/2005- indymediapr.org)